La autoridad hizo una serie de reformas en Ley Federal del Trabajo (LFT) en 2019. La del Artículo 101 establece que los recibos de nómina incluidos en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos.
Incluso, en caso de ser validados, pueden ser utilizados como prueba en caso de algún trámite legal.
Pero, por supuesto, todo tiene que estar autorizado por el SAT.
Así que el contenido de un CFDI aplica como prueba únicamente si se verifica en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria.
Por otro lado, la reforma también establece que, sin excepciones, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de sus pagos.
Esto de por hecho que el efecto de esta reforma es que los recibos de pago deberán entregarse al trabajador tanto de forma impresa como por cualquier otro medio.
Esto no nos afectaría como patrones, aunque tenemos la obligación de entregar el documento impreso cuando un trabajador lo requiera.
Aunque esta disposición tiene desde el 2019, muchos siguen desconociendo esto.
¿En tu empresa siguen generando recibos impresos?
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¡Nos vemos en la próxima!