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Menos ISR con ayuda en el “Regreso a clases”

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Menos ISR con ayuda en regreso a clases - Zentric
Foto: Freepik En este regreso a clases, las empresas pueden verse beneficiadas frente al ISR gracias a "ayudas escolares" a sus colaboradores.

Últimamente hemos discutido sobre todas las multas que puedes recibir por parte de la autoridad.

Pero en esta ocasión, hablaremos sobre beneficios fiscales para las empresas mexicanas que apoyen a sus trabajadores en este “Regreso a clases”.

Esto porque los apoyos en útiles escolares pueden ser deducibles del Impuesto sobre la Renta (ISR).

¿Qué dice la Ley del ISR sobre esta deducción?

El artículo 8 de la Ley del ISR define a las prestaciones de previsión social como:

“el conjunto de erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores, tendientes a su superación física, social, económica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia.”

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo al respecto?

Esta práctica es totalmente válida porque el numeral 110 de la Ley Federal del Trabajo permite efectuar las deducciones apuntadas a los salarios de los trabajadores cuando éstos contraigan deudas con su patrón, entre otros supuestos, por adquisiciones de artículos.

El monto total del adeudo no debe ser mayor de un mes de salario y el número de descuentos tiene que ser el convenido con los trabajadores, los cuales no deben ser mayores al 30% del excedente del salario mínimo.

Eso sí, si en tu empresa deciden dar este beneficio, es necesario que se otorgue de manera general a todos los trabajadores, conforme a lo señalado en el artículo 31, fracción XII de la Ley del ISR.

¡Mucho ojo!

No olvides que para poner en marcha esto, necesitas contar con el consentimiento expreso y por escrito de los colaboradores.

Éstos deben acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la compañía para poder ser acreedores a este beneficio.

Sin duda puede ser un “ganar-ganar” tanto para las empresas como para los colaboradores.

¿Estabas al tanto sobre este tema, lo aplicarías en tu empresa?

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