Pues con la novedad de que más de siete meses después del lanzamiento de las herramientas Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE) por parte del IMSS y del Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) del INFONAVIT.
¡Por fin tenemos las primeras actualizaciones a dichas plataformas!
Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializada (ICSOE)
El 13 de abril pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de Consejo Técnico del IMSS número ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR.
Este acuerdo contiene los Lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social.
En él se establecen los tipos de declaraciones a presentar por parte de las empresas registradas en el padrón público del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mismas que son las siguientes:
Tipos de declaraciones por las empresas registradas en el REPSE
- Normal: cuando se presenta por primera vez la informativa del periodo y ejercicio de que se trate, con información de los contratos de prestación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas celebrados en el periodo a reportar.
- Sin Información: cuando en el periodo a reportar no se celebraron contratos de prestación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.
- Complementaria: cuando se requiere modificar la información de una informativa ya presentada.
Ahora sí se pueden presentar declaraciones complementarias de ICSOE, las cuales son las siguientes tres:
Tipos de declaraciones complementarias de ICSOE
- Complementaria de Corrección: permite corregir errores o subsanar omisiones de una informativa presentada previamente. Su presentación sustituye a la informativa anterior, por lo que deberá contener tanto la información que se modifica como la que persiste.
- Complementaria Sin Efectos: se utilizará para eliminar en su totalidad una informativa que fue presentada al Instituto cuando no hay obligación para ello o dejar sin efectos una informativa de tipo “Sin Información” para reportar contratos que fueron celebrados en el periodo.
- Complementaria de Actualización: permite comunicar los cambios que la información de los contratos reportados ha tenido con fecha posterior a la celebración del contrato previamente reportado.
Algo importante a destacar es que sólo se permiten hasta un máximo de 4 declaraciones complementarias para el mismo periodo.
Con excepción de la complementaria de actualización. Pues dicho acuerdo indica que esta declaración no está sujeta a este límite máximo por su naturaleza.
A finales de abril ya encontramos los cambios a la plataforma ICSOE y ahí ya aparece una opción más en el menú para acceder a presentar las declaraciones complementarias que correspondan.
Sistema de Información de Subcontratación (SISUB)
Y la que llegó “tarde, pero al fin llegó” es la tan esperada actualización del SISUB con dos cambios importantes:
El primero es que ya se puede presentar directamente en el portal la informativa sin actividades (¡Por fin! Para dejar de batallar con el envío de escritos por correo sin respuesta del Instituto).
El otro cambio importante en la plataforma es que para el segundo envío y subsecuentes, se tiene la posibilidad de ya no mandar acta constitutiva, contratos ni oficio REPSE.
Únicamente se enviarán los archivos con la información de los contratos activos en el cuatrimestre (Información del sujeto obligado, detalle de los contratos y detalle de los trabajadores).
Por último, quiero destacar otro cambio que se puede apreciar para presentar la declaración SISUB.
Consiste en que al archivo “Layout-detalle-trabajadores.xls” le agregaron una columna para indicar el bimestre.
Lo único que falta es que nos confirme el INFONAVIT cómo se debe capturar el dato (Aún no actualizan el Instructivo de llenado de los Archivos XLS del Sistema de Información de Subcontratación SISUB).
Esperemos que se den prisa los del INFONAVIT porque el plazo para la presentación de la declaración del primer cuatrimestre del 2022 vence en una semana más.
Y recuerda que si quieres estar al día con el mundo de las nóminas, tienes que estar pendiente de las actualizaciones de nuestra revista-blog.
[…] Ya sabes, lo mejor es estar al día con la ley para evitar sorpresas en el futuro. Por ejemplo, con la novedades del ICSOE y SISUB. […]
[…] las declaraciones informativas de contratos para empresas prestadoras de servicios especializados: ICSOE ante IMSS y SISUB al […]
Los comentarios están cerrados.