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SAT presenta mejoras para la Declaración Anual de Personas Morales

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Mejoras del SAT para Declaración Anual de Personas Morales - Zentric
Foto: Freepik El SAT quiere ayudar a los contribuyentes personas morales, por eso, realizó mejoras de cara a la presentación de Declaración Anual.

Aunque estamos a mediados de Febrero, ya empieza a resonar la presentación de la Declaración Anual del SAT.

Como sabrás, desde el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024, las personas morales pueden presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023.

La novedad es que para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que se realizaron actualizaciones y mejoras para su presentación.

Actualizaciones del SAT para Declaración Anual de Personas Morales  

  • Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  • Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  • Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  • Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Definitivamente, hay puntos que nos hacen pensar que podremos ahorrar tiempo, por lo menos “en el papel”.

¿Qué necesito para enviar la declaración anual?

Recuerda que para realizar el envío de la declaración es necesario:

  1. Contar con tu firma electrónica (e.firma)
  2. Estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Además, es necesario que los contribuyentes, personas morales, cuenten con un servicio de banca electrónica.

Esto porque, de obtener un saldo a cargo, debe pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

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¿Tú cómo vas con el proceso de declaración anual? ¿Crees que estas nuevas medidas ayuden a los contribuyentes?

Te leemos en los comentarios.

Por último, te invitamos a formar parte de El Club Nominista, donde te enviaremos por correo electrónico todas las actualizaciones del mundo de la nómina y las empresas.

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