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¿Otra prórroga? ¡Sí, otra prórroga!

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Nueva prórroga CFDI Zentric
Foto: LookStudio (Freepik)

Ya tenía mucho tiempo que el SAT no daba tantas prórrogas a la entrada de una nueva disposición fiscal y, para no perder la costumbre, llega una más.

La versión 3.3 del CFDI se podrá seguir utilizando en la emisión de CFDI de nóminas hasta el 31 de marzo de 2023.

Esto se publicó el 1 de noviembre de 2022 en el portal del SAT, en la 2ª versión anticipada de la 9ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022.

El historial de prórrogas del CFDI 3.3 al 4.0

Recordemos que hace precisamente un año, el SAT estaba anunciando la llegada de la versión 4.0 al estándar del CFDI, pero conocimos dicho estándar hasta el 31 de diciembre de 2021.

Originalmente se había programado que entrara en vigor el 1° de mayo de 2022, luego le dieron prórroga hasta el 1° de julio.

A principios de junio, la entonces jefa del SAT anunciaba que no habría prórroga, pero una semana después, precisamente luego de que el presidente la tuvo en una conferencia mañanera, y el presidente anunció que darían solución al problema de saturación de las oficinas del SAT por requerir la constancia de situación fiscal para poder tener todos los datos necesarios para poder emitir CFDI en la versión 4.0 y después de esa conferencia vino la prórroga para el uso de la versión 3.3 hasta el 31 de diciembre de 2022. 

Pensábamos que no habría nueva prórroga y fallamos, en el quinto resolutivo de la 2ª versión anticipada de la 9ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022, leemos lo siguiente:

Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, quienes realicen pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017.

Por lo tanto, esta prórroga sólo es para los CFDI de nómina y asimilados a salarios, excluye por omisión a cualquier otro tipo de CFDI (ingresos, egresos, pagos, etc.).

Sólo será cuestión de unos días para ver publicada en el Diario Oficial de la Federación esta versión anticipada, pero con base a la regla 1.8 de dicha Resolución Miscelánea, esta publicación hace oficial la prórroga mencionada.

Te invito a estar pendiente de éstas y todas las actualizaciones del mundo de las nóminas en nuestro blog.

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