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¿Cambiaste de domicilio? Avísale al SAT antes de que te multe

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Evita multas del SAT por cambio de domicilio | Zentric
¿Cambiaste de domicilio fiscal y no le avisaste al SAT? Por no hacerlo, te podrían multar por hasta 11 mil 600 pesos. (Foto: Kelly L - Pexels)

Después de saber sobre la prórroga que otorgó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que las empresas registren todos los datos de sus trabajadores, el CFDI 4.0 y la Constancia de Situación fiscal siguen dando de qué hablar.

Y es que, como sabemos, el SAT pide que todas las personas (físicas y morales) registren su domicilio actual para poder emitir facturas electrónicas y cualquiera de los nuevos movimientos que pertenecen al CFDI 4.0.

Tu domicilio, para el Servicio de Administración Tributaria, se denomina “domicilio fiscal”.

Ahora tenemos que, en caso de no registrar tu domicilio actual, el SAT está facultado para imponer una multa a los “contribuyentes incumplidos”.

¿Qué es el domicilio fiscal según el SAT?

Tu domicilio fiscal es la dirección que registraste al tramitar el Registro Federal Contribuyentes (RFC).

El Código Fiscal de la Federación (CFF) dicta que todas las personas físicas o morales deberán de contar con un domicilio fiscal.

“Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio.”

Así que siempre que realices un cambio de domicilio es necesario avisar al SAT para no ser multado.

Evita multas del SAT por cambio de domicilio | Zentric
¿Cambiaste de domicilio fiscal y no le avisaste al SAT? Por no hacerlo, te podrían multar por hasta 11 mil 600 pesos. (Foto: Tierra Mallorca – Unsplash)

¿A cuánto ascienden las multas del SAT?

Antes de hablar sobre los montos a los que ascienden las multas por no avisar al SAT sobre tu cambio de domicilio, debemos mencionar que, según el artículo 79 del CFF, tienes únicamente 10 días para hacerlo

En el caso de no hacerlo, la multa puede ir desde los $3,870 pesos hasta los $11,600 pesos, mismos que serán cobrados por el SAT.

Además, no se permitirá realizar nuevos trámites hasta que se haya liquidado el monto correspondiente. 

De igual forma, en el CFF se menciona que recibirán dicha sanción las personas físicas o morales que:

“no presentaron el aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento de este Código, salvo cuando la presentación se efectúe en forma espontánea”.

Así que, ahora que muchos seguimos alistando todo para entrar al CFDI 4.0, lo mejor será avisarles a tus trabajadores de dicho dictamen para evitarles un mal rato.

Recuerda que si quieres estar al día con el mundo de las nóminas, no puedes perderte nuestras notas de la revista-blog.

¡Nos vemos en la próxima!

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