Probablemente muchos de nosotros tenemos arrumbado en alguna parte de nuestra memoria algo sobre la NOM-035, inclusive podemos llegar a recordar haber llenado cuestionarios sobre el ambiente de trabajo, horarios, relación con nuestros jefes, acoso y condiciones del espacio designado y por último, algunos otros (muy pocos) recordarán haber recibido alguna charla o entrenamiento en sus empresas sobre los riesgos psicosociales y el estrés laboral.
Por eso, debemos preguntarnos ¿qué pasó con la NOM-035?
¿Será que está en el olvido con la pandemia o que se perdió todo foco con la reforma del teletrabajo?
La realidad es que no está ni pasada de moda o suspendida, por el contrario, está vigente y es responsabilidad de las empresas y trabajadores que la estén cumpliendo, y no sólo por el tema legal y cumplimiento de una norma mandatoria por la STPS, sino por la importancia de tener ambientes de trabajo sanos y de cuidar de nuestros equipos.
Es un momento difícil y debemos cuidarnos entre nosotros
Hoy más que nunca debemos revisar nuestros niveles de estrés.
Venimos de pasar tiempos complicados y todavía no estamos seguros de que hayan terminado; la mayoría de nosotros ya dejó atrás el encierro, escuelas desde casa, algunas fricciones familiares y ahora que algunos regresamos a la oficina pareciera que no recordábamos el nivel de tráfico y estrés que genera hacer horas en el auto o en el transporte para llegar a la oficina.
La OCDE en su “Índice para una vida mejor”, establece que el 29% de los empleados de nuestro país tienen un horario de trabajo muy largo, cifra mucho mayor que el promedio de la OCDE de 9%.
Esto puedes verlo en el siguiente enlace:
https://www.oecd.org/centrodemexico/%C3%8Dndice%20para%20una%20Vida%20Mejor%20resumen_130529.pdf
Estos aspectos contribuyen a uno de los problemas más comunes entre los trabajadores mexicanos, conocido como “Burnout” que se da como resultado del estrés crónico en el trabajo.
De acuerdo con un estudio elaborado por la OIT, se estima que en México el estrés laboral podría suponer pérdidas anuales aproximadas de entre $5,000 y $40,000 millones de dólares.
Debemos preocuparnos por nosotros y nuestros equipos, es un gran momento para poner en práctica la NOM-035 y aquí te decimos cómo hacerlo:
Historia, origen, publicación, normativa y multas por el incumplimiento de la NOM-035
Repasemos algunos conceptos clave de la NOM-035:
- Normas Oficiales Mexicanas (NOM), sólo las NOM son de uso obligatorio
- Nombre completo: NOM-035 STPS 2018
- STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social
- Entrada en vigor: 23 de octubre de 2020 (segunda fase)
- Objetivo: Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
- ¿Qué significa “riesgo psicosocial”? De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los riesgos psicosociales son “aquellas características de las condiciones de trabajo que afectan a la salud de las personas a través de mecanismos psicológicos y fisiológicos, a los que se llama estrés”.
¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento de la NOM-035?
La Ley Federal del Trabajo estipula multas que van desde las 250 hasta las 5,000 UMAs (Unidades de Medida y Actualización) es decir:
Considerando que el valor establecido para la UMA es de $89.62 pesos, tenemos:
$89.62 x 250 = $21,655 pesos
$89.62 x 5000 = $448,100 pesos
Realizamos una encuesta a 20 responsables, gerentes y algunos directivos de Recursos Humanos y encontramos que ninguno conocía el monto exacto de las multas para quien incumpla la NOM-035, con el valor de la IMA en 2021, una empresa podría recibir una sanción de $448,100.
¡Monto muy cercano al medio millón de pesos! :O
Identificado el objetivo, multas y conceptos clave, debemos mencionar cómo se cumple la NOM-035 y qué tipo de evidencias debemos tener al respecto
Empecemos por definir los factores considerados como factores de riesgo psicosocial, y que de acuerdo con la NOM-035 se deben identificar y analizar son:
- Las condiciones en el ambiente de trabajo.
- Las cargas de trabajo.
- La falta de control
- Jornadas de trabajo y rotación de turnos que excedan los establecido por la LFT (Ley Federal del Trabajo)
- La interferencia en la relación trabajo-familia.
- El liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo.
Ahora enumeremos algunos ejemplos de riesgos psicosociales:
- Estrés grave
- Ansiedad
- Trastornos del sueño
- Exposición a eventos traumáticos severos
- Estrés laboral
- Ausentismo
- Síndrome de burnout
- Adicción al trabajo
- Mobbing (acoso laboral o acoso moral en el trabajo)
- Violencia, hostigamiento y discriminación
- Angustia, depresión, somatización
Como toda norma, hay obligaciones tanto para los patrones, como para los trabajadores para cumplir con los lineamientos, y así prevenir y controlar esos factores en México.
Obligaciones de las empresas (patrones)
- Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
- La prevención de los factores de riesgo psicosocial
- La prevención de la violencia laboral
- La promoción de un entorno organizacional favorable
- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
- Evaluar el entorno organizacional.
- Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial
- Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo.
- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
- Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre: Política, medidas adoptadas, acciones de prevención, mecanismos para presentar quejas, resultados y posibles alteraciones a la salud.
- Llevar los registros sobre: Resultados, medidas de control y nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas.
Estos 8 puntos son una síntesis de las obligaciones. Para más detalle, recomendamos ampliamente revisar el DOF (Diario Oficial de la Federación) con la publicación de la NOM-035. Puedes consultarla en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018
Entonces de estos ocho puntos podemos concluir que es obligación de las empresas promover y proveer un entorno organizacional favorable y como cualquier normativa obligatoria, contempla multas por el incumplimiento de ésta.
Obligaciones de los trabajadores
- Observar las medidas de prevención.
- Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable.
- Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial.
- Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral.
- Informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene.
- Participar en los eventos.
- Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determinan la NOM-035.
Estos 7 puntos son una síntesis de las obligaciones. Para más detalle recomendación revisar el DOF (Diario Oficial de la Federación) con la publicación de la NOM-035. Puedes revisarla en el siguiente enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018
Los elementos que se deben evaluar como parte del entorno organizacional son:
- El sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización.
- La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.
- La definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización.
- La participación proactiva y comunicación entre sus integrantes.
- La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.
- La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
Debemos considerar que todos los centros de trabajo, empresas o lugares donde se realicen actividades consideradas como “trabajos” deben cumplir. Y es importante mencionar que las obligaciones son distintas dependiendo el número de trabajadores.
Divisiones que se estipulan por número de trabajadores
- Hasta 15 trabajadores
- Entre 16 y hasta 50 empleados
- Más de 50 trabajadores
Al contratar a algún especialista para asesorarnos, tengamos en cuenta que La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no valida, certifica, aprueba o autoriza a ningún consultor para la aplicación de la NOM-035-STPS-2018, por lo que el empleador / patrón / empresas deben conocer muy bien cuáles son las obligaciones que aplican según el tamaño de su centro de trabajo.
Sin embargo, eso no significa que no podamos hacer uso de la tecnología para llevar el control de pruebas, resultados, evidencias, expedientes, control de aplicación de cuestionarios, etc.
Antes de elegir un software o servicio de apoyo, debemos validar qué cuestionario o cuestionarios se deben aplicar a nuestro centro de trabajo, y si la herramienta de recursos humanos o software de gestión nos ayuda a aplicarlos de manera automática, manteniendo control de los resultados individuales y colectivos.
No debemos perder de vista que independiente de cualquier tema de cumplimiento de una normativa, el objetivo es identificar y corregir problemas fuertes dentro de nuestras empresas y el resultado de construir ambientes de trabajo positivos permite tener un sano desenvolvimiento y mejorar la productividad.
Siempre será mejor ir a trabajar a un lugar en el que nos sentimos cómodos y respaldados que a un lugar donde estamos molestos y preferimos invertir tiempo buscando otro lugar de trabajo, lo cual genera un impacto indiscutible en la productividad.
¿En tu empresa consideran la NOM-035?
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